Objetivos
Institucionales.
Según
la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal; La Administración Pública
Municipal deberá estar al servicio de los ciudadanos y ciudadanas con
fundamento en los principios de honestidad, participación celeridad, eficacia,
eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el
ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley al derecho.
Objetivo
Específicos.
1. La promoción de la
participación, y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la
comunidad. Pera alcanzar así una satisfacción de toda la colectividad sin
exclusión de ninguna clase.
2. Ordenación territorial y
urbanística; patrimonio histórico; vivienda de interés social; turismo local;
parques y jardines, plazas, balnearios y otros sitios de recreación civil
nomenclatura
3. Vialidad urbana; circulación
ordenación del transito de vehículos y personas en las vías municipales;
servicios de transporte público urbano de pasajeros.
4. Espectáculos públicos y
publicidad comercial, en cuanto concierne a los intereses y fines específicos
municipales.
5. Protección del ambiente y
cooperación con el saneamiento ambiental; aseo urbano y domiciliario,
comprendidos los servicios de limpieza, de recolección y tratamiento de
residuos y protección civil.
6. Salubridad y atención primaria
en salud, servicios de protección a la primaria y segunda infancia, a la
adolescencia y a la tercera edad; educación preescolar, servicios de
integración familiar del discapacitado al desarrollo comunitario, actividades e
instalaciones culturales y deportivas. Servicios de prevención y protección,
vigilancia y control de los bienes y las actividades relativas a las materias
de la competencia municipal.
7. Servicios de agua potable,
electricidad y gas doméstico, alcantarillado, canalización y disposición de
aguas servidas; cementerios y servicios funerarios.
8. Justicia de paz, prevención y
protección vecinal y servicios de policía municipal, conforme a la legislación
nacional aplicable.