Sindicatura Municipal


La Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM) (2006), en su Artículo 115 establece que: “El Síndico procurador o Síndica procuradora será designada por el alcalde o la alcaldesa, previa autorización del concejo municipal en la sesión ordinaria siguiente a la instalación de este ultimo órgano o dentro de la sesión más inmediata posible” (Pág. 44).

De igual forma la LOPPM en su artículo 118 dicta que son entre otras atribuciones del Síndico o Síndica Procurador:

1.- Representar y defender judicial y extrajudicial, los intereses del Municipio, en relación con los bienes e instrucciones del Alcalde, del Concejo Municipal, según corresponda.
2.- Representar y defender al municipio conforme a las instrucciones impartidas por el alcalde o la alcaldesa, o el concejo municipal en cuanto a los derechos relacionados con el Tesoro Municipal y conforme a lo determinado por las Leyes y Ordenanzas. Cumplirá las mismas funciones en los juicios contenciosos administrativos que involucren al Municipio.
3.-Asesorar jurídicamente al Alcalde o Alcaldesa y al Concejo con elaboración de dictamen legal e informes que respondan a la solicitud del Alcalde, o del Concejo.
4.- Someter a la consideración del Alcalde o Alcaldesa proyectos de Ordenanzas y Reglamentos o de reforma de los mismos.
5.- Asistir con derecho de palabra, a las sesiones del Concejo o Cabildo en las materias relacionadas con su competencia o aquellas a las cuales sea convocada.
6.- Elevar a conocimiento del Alcalde las quejas que reciba por deficiencia en los servicios públicos municipales o distritales, para lo cual podrá por si o mediante el personal bajo su dependencia, practicar las investigaciones que considere procedentes.
7.- Denunciar los hechos ilícitos en que incurran los funcionarios o empleados en el ejercicio de sus funciones y previa autorización del Alcalde o Alcaldesa, intentar las acciones Jurídicas a que haya lugar, y,
8.- Cumplir con los demás deberes y atribuciones que le señalen las Leyes y Ordenanzas.

El Equipo de Sindicatura Municipal:


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